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OGP: Gobierno cerrado con reserva en 32 instituciones y penas con prisión para avalar Ley de Secretos

No obstante la reserva y clasificación generalizada, el gobierno ha avanzado en la creación de portales web con bases de datos abiertas y una plataforma unificada de transparencia.

Tegucigalpa, Honduras| Reporteros de Investigación

El proclamado Gobierno Abierto de Honduras (OGP, por sus siglas en ingles) tiene 32 instituciones de la Administración Pública con declaratoria de reserva de información, pero no solo eso. Hay una argamasa penal en todo el Estado para vigilar la secretividad.

El numeral 3 de la respuesta del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) habla de la reserva de información.
Leyes penales que también contemplan reserva:
Ley de Inteligencia
Ley contra el financiamiento del Terrorismo
Ley contra el delito de lavado de activos
Ley del sistema Penitenciario
Ley de Protección a Testigos
Ley del Juicio Político
Código Procesal Penal
Ley de Tropa de Inteligencia y Grupos de Respuesta Especial de Seguridad (Tigres)
Ley de Policía Militar y de Orden Público
Ley del Ministerio Público

A todo este caparazón de leyes -que impide la máxima divulgación de información pública- se suma la Ley de Secretos Oficiales y de Clasificación de la Información, aprobada con ese nombre, pero publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 7 de marzo de 2014 como, Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y la Defensa Nacional.

La Ley de Secretos manda que se debe fomentar en la administración pública la cultura de guardar secretos. El IAIP emitió una resolución para reformar esta ley, pero eso no ha ocurrido.

Una iniciativa de ley para reformar la Ley de Secretos, enviada en enero de 2018 al Congreso Nacional en vez de rectificar, en el artículo 3, reafirma la generalización del secreto en la administración pública, tal como lo muestra esta imagen.

Con base en esta Ley de Secretos, el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (Conadese) declaró reserva en 18 instituciones del Estado. Por esta resolución, están bajo el manto de la reserva los “asuntos, actos, contratos, documentos, informaciones, datos y objetos cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad, defensa nacional y el logro de los objetivos nacionales”.

A toda esta estructura legal se suma el nuevo Código Penal  que entra en vigencia en noviembre. Esta norma establece hasta seis años o más por revelación de secretos, bajo el capítulo de infidelidad en la custodia de documentos.

Artículo 505. “El funcionario o empleado público que revela informaciones de las que tiene conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deben ser divulgadas, debe ser castigado con la pena de prisión de seis (6) meses a un (1) año, multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres (3) a seis (6) años. Si las informaciones reveladas tuvieran la protección de secretos de acuerdo con la legislación vigente, debe ser castigado con la pena de prisión de dos (2) a cuatro (4) años, multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres (3) a seis (6) años. Si de la revelación a que se refieren los párrafos anteriores resulta grave daño para la causa pública o para tercero, las penas se incrementarán en un tercio (1/3). Si se trata de secretos de un particular, las penas deben ser las de prisión de dos (2) a cuatro (4) años, multa de cuatrocientos (400) a ochocientos (800) días e inhabilitación especial de empleo o cargo público por tiempo de tres (3) a seis (6) años.

Artículo 506.- Aprovechamiento de Secreto o Información Privilegiada. El particular que obtiene un beneficio indebido para sí o para un tercero, como consecuencia del secreto o la información privilegiada que ha obtenido de un funcionario público o autoridad, debe ser castigado con las penas de prisión de seis (6) meses a un (1) año, multa por una cantidad igual o hasta tres (3) veces el beneficio obtenido o pretendido e inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un período de dos (2) a cuatro (4) años. Si resulta grave daño para la causa pública o para tercero, las penas se incrementan en un tercio (1/3).

Artículo 563.- espionaje. Quien sin estar legítimamente autorizado y para favorecer a un gobierno u organización extranjera, revela información clasificada contenida en archivos físicos o electrónicos sobre inventario armamentístico, número de tropas, equipo militar o información secreta o ultra secreta relacionada con la defensa nacional, planos o fotografías de instalaciones militares o que estén siendo usadas para fines militares, debe ser castigado con las penas de prisión de cinco (5) a diez (10) años e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo que dure la prisión. Las penas anteriores se deben aumentar en un cuarto (1/4) si el responsable ha conocido dicha información en el ejercicio de sus funciones públicas. Quien procura u obtiene indebidamente información secreta o que afecta a los cuerpos de policía nacional o de seguridad, que conciernan a los medios de defensa o a las relaciones exteriores de la nación o referidas a la lucha contra el narcotráfico o el crimen organizado, debe ser castigado con las penas de prisión de cinco (5) a ocho (8) años e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo que dure la pena de prisión.

Al mismo tiempo que se han aprobado nuevas leyes penales, que fortifican la coraza de la reserva de información, desde 2011 Honduras suscribió la  Asociación de Gobierno Abierto (OGP: Open Government Partnership).

Para el período 2018-2020, el gobierno de Hondura asumió 20 compromisos puntuales. En el primer numeral sobre el aumento a la integridad pública, el gobierno promete «Portales de Rendición de Cuentas garantizando mayor acceso a la información pública», sin embargo, el Portal de Transparencia de Casa Presidencial está desactualizado y en enero de este año se ampararon en una resolución del IAIP para evitar subir información que tenía que estar subida de oficio.

Vea: JOH con un aumento de 40,000 lempiras más en secreto desde su reelección

Otro de los compromisos, es datos abiertos para uso y beneficio de la ciudadanía, pero sin establecer claramente cuáles son esos datos abiertos. Ccuando se hacen solicitudes de información en formato con datos abiertos, los y las funcionarias desconocen de qué se trata.

No obstante la reserva y clasificación generalizada, ya existen en el país bases de datos abiertas y una plataforma de transparencia:

Impulsada por la onegé ASJ: https://empresasabiertas.com/socios/
Datos abiertos de infraestructura: https://sisocs.org/
Datos abiertos de contratos: ttp://www.oncae.gob.hn/datosabiertos
Monitoreo recomendaciones:http://simoreh.sedh.gob.hn/buscador/home
Portal de Transparencia: https://portalunico.iaip.gob.hn/

En la séptima obligación adquirida, aparecen catálogos electrónicos municipales y plataforma de compras del Estado con modelo de participación ciudadana, el portal de Honducompras ha borrado información que ahora aparece como inexistente, pero que alguna vez existió.

Compromisos OGP de Honduras 2018-2020:
1.Portales de Rendición de Cuentas garantizando mayor acceso a la información pública.
2.Fortalecimiento de mecanismos municipales para el mayor acceso de la ciudadanía a la información pública.
3.Datos abiertos para uso y beneficio de la ciudadanía.
4.Apertura de datos en proyectos de obra pública.
5.Promover la educación cívica electoral y la creación de condiciones igualitarias de participación a la sociedad para mejorar el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus deberes en democracia.
6.Integridad en la Gestión Pública.
7.Catálogos electrónicos municipales y plataforma de compras del Estado con modelo de participación ciudadana.
Congreso Abierto –Mayor apertura a la Rendición de Cuentas.
9.Certificación ISO 9001 a los programas sociales gubernamentales, mayor transparencia y rendición de cuentas en bonos sociales.
Empoderamiento ciudadano en la Gestión Fiscal y Presupuestaria Nacional y Local.
11.Participación y empoderamiento de la mujer certificada en proyectos de infraestructura vial, obras públicas y obras de mitigación.
12.Simplificación administrativa, con trámites en línea y denuncia ciudadana.
13.Co-creación e implementación ciudadana de proyectos de innovación Laboratorio de Innovación Ciudadana.
14.Planes Municipales y empresariales con enfoque derechos humanos empoderando a funcionarios y empresarios.
15.Justicia Abierta –Expediente Digital Mayor Transparencia en el Proceso.
16.Formando embajadores por la transparencia con el sector educación y aliados estratégicos –Partida de Nacimiento en Línea para procesos de matrícula.
Mejoras en el marco regulatorio y la capacidad de gestión del Recurso Humano del Estado.
18.Sistema Nacional de Respuesta y Referencia del Paciente –Expediente Clínico Electrónico (ECE).
19.Ciudades Sostenibles que inciden en el medio ambiente con potenciales soluciones (GEO).
20.Integridad Empresarial con altos estándares en Alianza Estratégica Gubernamental.
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