Hicieron creer que reformas penales eran antiextorsión, pero blindaron a corruptos

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Redacción: Melissa Hernández | Edición: Wendy Funes

Tegucigalpa, Honduras | Reporteros de Investigación. La ex pareja del líder paramilitar de Colombia, identificada públicamente como Paula Restrepo, colombiana, ha dicho en podcast de su país que las reformas penales de 2020 permitieron que ella saliera de cárcel.

Las reformas, ha repetido en varias entrevistas, fueron propiciadas por el narcotraficante, Juan Orlando Hernández (alias JOH), porque él sabía que todo mundo sabía que era narco y porque iba a salir del poder, según este planteamiento. Esas reformas fueron encabezadas por el Partido Nacional.

El partido político del JOH —condenado en Nueva York a 45 años de cárcel, y perdonado por Donald Trump por el delito cometido— ha vuelto al poder a Honduras y el modo de operar de endurecer penal para proteger a los mareros y pandilleros y proteger a los delincuentes de cuello blanco, se repite en 2026 mediante reformas penales.

Las reformas mediante decreto 84-2026 fueron publicadas en el diario oficial La Gaceta el 22 de mayo del año en curso, sin ser sometido a dispensa de debates a lo interno del Congreso Nacional.

Estas reformas al Código Penal han abierto el debate en relación a como favorecen la corrupción por medio de la censura a periodistas que investigan y a quienes denuncian, corriendo el riesgo de ser acusados de terrorismo y de ser obligados a revelar sus fuentes.

Terrorismo y revelación de secretos: blindaje de corruptos

El exfiscal del Ministerio Público, Omar Menjívar, penalista hondureño, advirtió que los niveles de impunidad continúan siendo alarmantes. A eso se suma la posibilidad de que defensores de derechos humanos sean tipificados como terroristas, señaló que es una discusión que data desde que se estaba aprobando el Código Penal y que, ciertamente, existe esa posibilidad.

“Que suceda ciertamente existe porque el delito está definido de manera muy abierta. Por ejemplo, el artículo habla de subvertir el orden constitucional, pero ¿qué será eso? No lo define el artículo, entonces queda a interpretación de quien tenga el poder”.

Es imperativo destacar que, en derecho penal, la ley debe ser estricta, lo que significa que tiene que ser específica y delimitar minuciosamente la conducta que se va a considerar como delito. Se prohíben los tipos penales generales. En este caso, debe especificarse qué significa subvertir y cuándo se aplicará, o podría existir la posibilidad de que este delito se utilice políticamente contra quienes sean considerados enemigos.

Menjívar también enfatizó en el artículo que trata de regular la divulgación de secretos.

“Al igual que en el delito de asociación terrorista, este tipo penal puede ser utilizado para coartar la libertad de expresión y la libertad de información”.

La aplicación de este artículo a periodistas pone en riesgo la confidencialidad y el resguardo de las fuentes, pese a que los estándares internacionales establecen que la libertad de expresión y la protección de las fuentes deben estar garantizadas por la Constitución de la República, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Blindaje a la corrupción y dos políticos con rosario de causas

El seleccionado como presidente del Congreso Nacional Tomás Zambrano ha liderado estas reformas. Zambrano tiene un rosario de señalamientos de presunta corrupción en su contra: dos acusaciones criminales de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad (MACCIH) lo involucran. Se trata de los casos «Pacto de Impunidad» o «Fe de Erratas» (2018), una reforma hecha sin el procedimiento legislativo para favorecer a diputados investigados por corrupción.

Cespad reveló  mediante una línea de tiempo que el 11 de diciembre de 2017, mientras Juan Orlando Hernández buscaba la reelección, ocurrió el caso “Pacto de Impunidad” que se originó en el caso “Red de Diputados”.

Mediante Red de Diputados “se acusó a los diputados al Congreso Nacional Augusto, Domingo Cruz Asencio, Héctor Enrique Padilla Hernández, Audelia Rodríguez-Rodríguez, Dennys Antonio Sánchez Fernández y Eleazar Alexander Juárez Saravia y tres extraneus (persona que interviene en un delito especial y que no reúne la condición exigida para ser autor del dicho), del delito de malversación de caudales públicos, relacionado al manejo de fondo sociales”.

El caso siguió su curso hasta 2019 y garantizó impunidad.

Vea; Línea de tiempo Pacto de Impunidad

Zambrano fue señalado políticamente por debilitar la lucha anticorrupción, al liderar la iniciativa para expulsar la MACCIH del país y para no renovar su mandato en 2020.

En el Poder Ejecutivo, el CNE nombró a Nasry Asfura. Se convirtió en el primer mandatario de la historia de Honduras en comenzar su presidencia con un caso de corrupción bajo investigación.

En octubre del 2020, la UFERCO confirmó que Asfura era investigado por los delitos de lavado de activos y abuso de autoridad.

Para el 2024, el MP informó que fue acusado de liderar una red que desvió 28 millones de lempiras entre los años del 2017 y 2018 procedentes de la alcaldía municipal del DC, fondos que según la UFERCO terminaron en cuentas personales y fueron usados para la compra de joyas de las hijas de Asfura.

Vea: MP a través de UFERCO presenta requerimiento fiscal contra exalcalde capitalino por ser parte de un esquema para drenar fondos públicos y posteriormente proceder al lavado de dinero

Según Expediente Público, su historial de corrupción continúa con empresas fundadas por Asfura como COSEMSA y AMAHSA que obtuvieron millonarios contratos municipales, mientras ocupaba cargos públicos, incluyendo la alcaldía del DC, estos contratos siguen vigentes sumado el de SULA AMBIENTE.

También se le vincula por lo menos con diez sociedades mercantiles, algunos continúan con contratos vigentes con el Estado y se la han ingeniado para ocultar datos por conflictos de intereses.

Asfura aparece en los Pandora Papers por la creación de una empresa OFFSHORE en Panamá.

Operación Diamante en Costa Rica

Asfura también intervino en favores a implicados a sobornos, vinculados a un escándalo de supuesto tráfico de influencias que implican al exalcalde de Costa Rica interceptaron llamadas entre funcionarios y Asfura, en las llamadas presuntamente se dio instrucciones al vice ministro de defensa Fredy Díaz Zelaya para que firmara un permiso de tránsito a la empresa EXPLOTEX, de acuerdo con una publicación del periódico Criterio.

Populismo penal con la causa de las mujeres


Las reformas continuaron y el pasado 8 de junio se aprobó, por unanimidad de votos, una reforma al Código Penal que busca endurecer las penas para los feminicidas, ampliar las circunstancias agravantes del delito y ordenar la creación de órganos jurisdiccionales especializados para juzgar casos de femicidio. La reforma incorpora nuevas circunstancias que agravan el delito, entre ellas casos como delitos sexuales, tortura, privación de libertad u ocultamiento de una agresión sexual; asimismo, cuando el imputado sea un funcionario o agente estatal que haya utilizado su cargo, uniforme o arma para cometer el femicidio. Cuando los delitos ocurran en contextos de violencia de género o durante secuestros, la acumulación de la pena efectiva será de hasta 60 años de cárcel. También se crearon tribunales especializados en violencia contra la mujer.La reforma instruye a la Corte Suprema de Justicia a establecer juzgados especializados con competencia nacional para conocer casos de femicidio y otros delitos relacionados con la violencia de género. Según el decreto, la Corte Suprema de Justicia dispondrá de un plazo máximo de 90 días hábiles para emitir una normativa que regule el funcionamiento de estos tribunales.Sin embargo, Cristina Alvarado, del Movimiento de Mujeres Visitación Padilla, manifestó que, como movimiento de mujeres, hacen un planteamiento: el abordaje necesita ser integral. “Le llamamos populismo punitivo. No es suficiente con encarcelar a los asesinos de mujeres”. “¿De qué sirven 100 años o cadena perpetua si el sistema de investigación y la logística del Ministerio Público no tienen recursos por falta de voluntad política para lograr disminuir el 95 por ciento de impunidad?”, añadió. Al mismo tiempo, destacó la importancia de invertir en prevención. De igual manera, considera que los juzgados especializados no garantizan que se aplique la ley con enfoque de género y derechos humanos. Por su parte, Omar Pérez, padre de una víctima de femicidio, ve con buenos ojos la reforma. Considera que a los femicidas y violadores de niños debe aplicárseles la pena máxima. “Para mí, quienes abusan de niños y golpean mujeres merecen pudrirse en la cárcel, y me parecen bien estas reformas”. Pérez manifestó que la ola de crímenes contra mujeres, de enero a la fecha, lo tiene sorprendido. “En los casos en que son capturados infraganti o confesos, estas nuevas penas ayudarán a proteger la vida de otras mujeres”. Aunque el femicidio de su hija, ocurrido en plena vía pública, a vista y paciencia de quienes esperaban en una parada de autobús, no fue suficiente para que el agresor fuera capturado y puesto a las órdenes de las autoridades, su caso forma parte de ese 95 por ciento de impunidad. Mientras se hacía esta investigación, el país era estremecido por el femicidio de la joven enfermera Elvia Mercedes Gómez López, de 31 años de edad, a quien su agresor estranguló y colocó en la cama donde dormían sus hijos menores. Esta historia y la divulgación de un video que demuestra las agresiones de las que Elvia era víctima provocaron que el feminicida confesara y se entregara a las autoridades, justo en los días en que se aprobaban las reformas, situación que provocó que la población las recibiera de manera positiva. A mediados de junio de 2026 un total de 116 mujeres había perdido la vida de manera violenta y el nivel de impunidad continúa siendo del 95 por ciento.

Cristina Alvarado (Visitación Padilla)


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