Los delitos de cuello blanco deberían ser los mayormente discutidos y regulados, de lo contrario se corre el riesgo de que se siga queriendo mantener la seguridad, mediante la exigencia de orden y control social para las clases desposeídas.

Los delitos de cuello blanco en Honduras suponen un nuevo reto de análisis criminológico si se quiere estudiar a la luz de las teorías sobre los grupos.

“El delito de cuello blanco puede definirse, aproximadamente, como un delito cometido por una persona con respetabilidad y estatus social alto en el curso de su ocupación” (Jené, 1983).

La prensa se encarga cada día de enfatizar los resultados de la inseguridad que genera la delincuencia común, hay una fijación en los perjuicios que ocasionan los grupos de maras, pandillas y de crimen organizado y por ende, la fijación en el recrudecimiento de las penas va enfocada a castigar con mayor severidad el delito común tal como lo demanda la criminología mediática.

Eso supone un reto: empezar a debatir en la opinión pública las secuelas que deja la delincuencia económica y comenzar, desde el ámbito criminológico, a analizar por qué el mayor enfoque de criminalidad se orienta a explicar el comportamiento criminal desviado de la clase baja, mientras tanto, los grupos intelectuales de delitos económicos, o de violencia contra masas poblacionales, actúan bajo un manto de invisibilidad.

Es decir, que para definir la seguridad ciudadana no sólo se debe pensar en el concepto habitual de combate a la delincuencia común. El debate sobre los delitos económicos es reciente. En la década de los 80 se habla de nuevos enfoques al respecto. La Conferencia sobre la Prevención de la Inseguridad Urbana del Consejo de Europa realizada en Barcelona del 17 al 20 de noviembre de 1987,  determinó que: […] para las finalidades de esta conferencia, la criminalidad se entiende en el sentido de la pequeña y mediana delincuencia y del vandalismo que conforman la masa de delitos generadores de inseguridad y no al crimen organizado y al terrorismo político (Seguridad, 2014).

Es preciso entonces observar un suceso puntual hondureño para empezar a hacer las aproximaciones criminológicas propuestas y que hasta ahora, son inexistentes en la realidad nacional.

Este ensayo propone analizar uno de los casos de presunto “fraude y corrupción pública” en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), conocido como Caso Dimesa (Sociedad Distribuidora Metropolitana S.A.). Al descomponer en partes este hecho, se puede concluir que tiene todos los elementos de un grupo criminal.

La Fiscalía presentó dos acusaciones criminales por este ilícito y además al momento de la acusación, investigaba a un funcionario del Ministerio Público porque participó en un supuesto soborno como parte de este delito (Ultimahora.hn, 2015).

El Caso Dimesa, en estudio por la justicia hondureña, se trata de la licitación y adjudicación pública internacional, número 005-2010 y la suscripción del contrato 020-2011 para la compra, reparación y mantenimiento de equipo biomédico del hospital de especialidades de Tegucigalpa y San Pedro Sula, del IHSS.

“En un inicio, el valor del contrato era de 95.2 millones de dólares, pero para el 10 de julio de 2012 se aprobó una adenda por 23.6 millones de dólares, por lo que el contrato con duración de 84 meses ascendió a 118.8 millones de dólares. En moneda nacional, este contrato estaba valorado en 2,610 millones de lempiras”. (El Heraldo, 2015)

Entre tanto, la prensa ha informado que cuatro años después del supuesto hecho, el juzgado les impuso a los acusados un pago de 113 millones de lempiras, como fianza, pueden ser enjuiciados en libertad, eso representa menos del 10 por ciento del monto del contrato.

Los integrantes del Caso Dimesa actuaron como grupo ya  que sus acciones tienen las mismas características: meta, marco referencial y vivencias comunes. Su meta fue enriquecerse con dinero de la administración pública, en un marco referencial de impunidad, con la vivencia común de  la corrupción en la administración general del Estado que les permitió generar actividades con roles bien definidos para llegar a su fin.

De acuerdo con los estudios de delincuencia económica de Viladás Jené este ilícito entraría en la categoría de “delincuencia profesional que incluye los delitos cometidos por cualquier persona en el ejercicio de su profesión: desde el banquero hasta el mecánico, pasando por el abogado o médico”. (Jené, 1983)

Los roles

En este caso, el ex director del IHSS, Mario Zelaya, según la versión oficial de la Fiscalía, planteada en la acusación criminal ante el Juzgado de Letras de lo Penal de la Sección Judicial de Tegucigalpa, y el gerente José Ramón Bertety Osorio, suscribieron el contrato con Dimesa. Zelaya es un médico y Bertety el gerente, cada uno asumió su rol en la organización de acuerdo con su actividad profesional.

Hugo Alberto Mejía, representante de la gerencia del IHSS; René Israel Medina, representante de sub Gerencia de Materiales y Compras; Donald Reniery Velásquez, representante de Unidad de Asesoría Legal; Lisandro René Ponce Rosales, gerente del hospital de Especialidades; Edgardo Quiñoz Moreno, Jefe de Biomédica Hospital de Especialidades, dieron el visto bueno para la adquisición de equipo, dice la acusación criminal, aprovechando su conocimiento técnico para avalar la firma de un contrato fraudulento.

El reconocido empresario, (propietario de marcas como la Sula), Schuckry Kafie Larach, presidente de la Junta Directiva de Dimesa, y Juan Alberto Madrid Casaca, Gerente de Dimesa, eran dos de los responsables de la empresa que presentó este contrato sobrevalorado, pero que los técnicos hicieron pasar como el de menor valor.

Todos los miembros de junta directiva aprobaron el acta de recomendación dada por los integrantes mencionados anteriormente.

Finalmente, el 8 de julio de 2011, el Congreso Nacional de la República aprobó el contrato.

La Fiscalía ha encontrado la responsabilidad de quienes actuaron en el rol de ejecutores, pero no ha definido los roles que tuvieron los miembros de la comisión legislativa de salud, los integrantes de la comisión de dictamen y los directivos cuyas firmas aparecen en este contrato como el entonces presidente del Congreso Nacional, Juan Orlando Hernández; el secretario, el diputado Rigoberto Chang Castillo y la secretaria,  diputada Jarieth Waldina Paz y por último está la firma del entonces presidente de Honduras, Porfirio Lobo Sosa.

Vale la pena preguntarse ¿si los diputados y directivos del IHSS tuvieron algún rol en el grupo o actuaron aprobando un contrato fraudulento en el ejercicio de sus funciones? ¿Debieron o estaban obligados los directivos y diputados a verificar si la información era real o fraudulenta? ¿Haber aprobado un contrato fraudulento les da algún rol en el grupo? ¿Si hubo supuestos sobornos en el Ministerio Público faltan miembros o relaciones intergrupales por identificar? ¿Por qué el monto de la fianza judicial no es proporcional en relación con la cantidad del desfalco?, en fin varias preguntas deben entrar en un análisis más profundo de este tema para la búsqueda de respuestas o explicaciones.

Viladás Jené citando a Mergen plantea que los rasgos distintivos del delincuente de cuello blanco serían el materialismo, el egocentrismo, el dinamismo, la audacia, la inteligencia, etc. (Jane, 1983)

Habrá que buscar también el significado de los fallos en los pesos y contrapesos que debe tener la administración pública, que es como una especie de infraestructura material de la democracia. El Estado, al igual que los seres humanos deben tener mecanismos de autocontrol.

El análisis Durkheim y el rechazo del “individualismo analítico” cita que el hombre tiene que ser reprimido no sólo porque tiene ciertas necesidades y predisposiciones constitucionales o biológicas (la posición de los reduccionistas biológicos), sino también porque si no se reprime esta parte de la dualidad constitucional del hombre puede producirse una situación de falta de normas, o anómica y por, ello asocial. (Ian Taylor, s.f.) Eso es válido también para el Estado conformado por mujeres y hombres.

Sin duda lo más grave de todo este asunto es la impunidad de los delincuentes de cuello blanco pues al no haber un análisis integral del tema ni visibilidad ni definición total de roles en la interrelación entre grupos, el caso puede caminar hacia la impunidad.

La cifra negra de criminalidad en materia de delincuencia económica es una de las constantes preocupaciones de la doctrina especializada. (Bajo, 1983)

De acuerdo con las teorías sobre Comportamiento Criminal y Desviación Social, el exceso de recursos sin control efectivo estimula la actividad delictiva, tal como parece haber ocurrido en este caso.

“Los delitos en las clases sociales altas…son llevados por la avaricia y el poder o posibilidad”. (Wolf, 1989)

El Caso Dimesa y las Teorías de Grupo

Utilizando como fundamento la investigación criminal y la acusación entablada por la Fiscalía, se pueden establecer resultados parciales con base en algunos roles identificados. Los componentes emocionales de este grupo son el vínculo de los miembros con el líder, cuyo rol podría atribuirse a simple vista a Mario Zelaya, por ser el director del IHSS, pero no se tiene toda la información de las relaciones en la existencia de la red de interacciones recíprocas entre los miembros para asegurarlo. Además no hay una explicación muy clara de las relaciones de cada uno de los integrantes con las relaciones entre los demás miembros. Hay que tomar en cuenta que éste es sólo uno de los múltiples escándalos de corrupción, descubiertos en el IHSS.

No obstante, se puede encontrar la integración ambiental, la formación de grupos en el ambiente que proporcionó los recursos necesarios, es claro que hubo integración conductual, pues unas actividades estaban interconectadas con las que hacían los demás miembros del grupo, dependían mutuamente entre sí para alcanzar sus objetivos o para satisfacer sus necesidades.

La relación de hechos, ya descrita brevemente, permite ver una integración afectiva, con sentimientos compartidos, «guardianes de la mente»: miembros del grupo que toman a su cargo la tarea de mantener la ortodoxia grupal y denunciar las posibles desviaciones.

Y posiblemente este grupo esté en una etapa de declive grupal, generada por las dudas con respecto al valor del grupo y las luchas entre subgrupos.

La definición de un grupo es un número determinado de personas en interacción individual durante una reunión o serie de reuniones frente a frente, en cuyo curso cada miembro recibe impresiones o percepciones de los otros a los que considera tan distintos entre sí como le es posible y emite alguna reacción hacia ellos. Todos estos elementos son comparables con el Caso Dimesa.

Los generadores y atractores del delito, en este caso, están en la administración pública.

Este operó como un grupo primario, tiene las similitudes de un grupo espontáneo porque parece que la operación tuvo un proyecto particular, es un grupo estructurado y su análisis se puede hacer, a priori,  desde la perspectiva de que son un pequeño grupo.

Posiblemente este grupo haya estado bajo un liderazgo autoritario porque existe dependencia del líder y el hallazgo de los hechos si bien es cierto ha tenido su génesis en la labor de denuncia de la prensa, el origen de la información pudo ser producto de una reacción agresiva, con rebeldía y con deseos de llamar la atención de miembros que se sintieron desplazados.

Además, la teoría indica que la debilidad del grupo es percibida por algunos exogrupos que intentaran sacar partido del abandono de los miembros. Eso hace pensar que este caso del IHSS también ha servido a opositores políticos, beneficiados porque el escándalo de corrupción afecta al partido del poder y también favoreció a sectores esconómicos que han estado inconformes con el sistema de seguridad social porque el escándalo de corrupción ha permitido tomar nuevas decisiones en relación con la salud de los derechos habientes de este sistema de salud pública.

La Teoría del Patrón del Delito señala que los generadores del delito: son lugares en los que coinciden gran número de personas por razones relacionadas sin motivaciones criminales, pero los que pueden acabar ocurriendo delitos y los lugares atractores del delito: son zonas concretas que representan oportunidades conocidas para el delito y a las que los infractores acuden con la intención de cometer un delito concreto.

La Teoría General de la Delincuencia o del Autocontrol indica que cualquier persona ha tenido la tentación en alguna ocasión de hacer algo «malo», pero la mayoría de la gente, ante la posibilidad de ver expuesta su conducta a la luz pública, se inhibe de esta tentación. En cambio, aquellos que tienen poco que perder se dejarán tentar en mayor proporción.

En la realidad, se pueden retratar estas dos premisas en el caso Dimesa, pues, aun cuando en este hecho hay nueve imputados de clase media y de clase alta, con arraigo, trayectoria profesional en el país, inversionistas reconocidos, ex funcionarios que “tenían mucho que perder”, se arriesgaron y quizás creyeron que sus hechos permanecerían ocultos, pero en este caso único la prensa sacó a luz una estructura de individuos que quizás se sienten vinculados al control social, por medio de la familia, amigos o compañeros de trabajo y cuyos costes de conducta desviada han sido mayores.

Esta teoría de grupos parece contradecir el caso Dimesa puesto que indica que quienes cuentan con más oportunidades legítimas para satisfacer sus intereses tendrán más ventajas en la conformidad. Los que tienen poco control o reducida confianza en el futuro tienen más posibilidades de presentar pautas de conducta no convencionales, sin embargo, en este caso sucedió lo contrario.

Bajo la lupa de la Teoría Integradora, en el caso Dimesa se puede encontrar que hubo una etapa de motivación, búsqueda de un método legal o ilegal de satisfacer sus deseos.

No obstante, estas teorías clásicas de los grupos parecen más analizar a los grupos criminales convencionales de delincuencia común sin tomar en cuenta los delincuentes económicos.

En palabras de Bergalli y otros: La conclusión de que resulta fácil equiparar desentimiento con criminalidad o diversidad con anormalidad. Esta facilidad ha convertido a esas equiparaciones en maniobras atractivas para el poder, motivo por el cual se entiende por qué fueron impulsadas todas aquellas actividades que vigorizan el sistema de orden y los aparatos de control. (Bustos, 2015)

Suramérica está haciendo aportes novedosos al análisis criminológico. El catedrático de Criminología y ex magistrado de la Corte Suprema de Justicia de Ecuador, el Dr. Alfonso Zambrano Pasquel, considera:

Buscar los factores criminógenos de la delincuencia «de cuello blanco» de los grupos de poder», implica un esfuerzo mayor que determinar los factores endógenos y exógenos de la criminalidad en general. En la criminogénesis se hace relación a la índole genuina del delincuente en el momento del acto –factores endógenos- y a las relaciones exteriores que circundan al delincuente en ese momento -factores exógenos-, buscando conciliar los factores o causas que son interrelacionados y recíprocos. En criterio de MEZGER la consideración dinámica enseña especialmente que ya los singulares factores (disposición, medio) no son realidades unívocas, sino imágenes complicadas, dinámicas, que antes de producir cualquier efecto actual influyen unas en otras de las más diversas maneras. Tienen una recíproca eficacia conjunta. (Pasquel, s.f.)

Otro desafío de la sociedad hondureña es generar controles formales orientados no sólo a evitar la delincuencia común, sino la económica. Para esto hay que revisar algunas propuestas criminológicas existentes.

Según la reflexión de Roberto Bergalli, los modos de pensamiento, incluyendo en primer lugar el positivista, el construccionismo social y en buena parte el fenomenológico, han estado atados a sistemas sociales que no han hecho más que oprimir, manipular y controlar a los seres humanos como objetos. El sistema legal ha sido siempre visto por las ciencias sociales como una fuerza necesaria para mantener el orden y la sociedad capitalista. (Bergalli, 1983)

Es decir que quienes tienen acceso al poder del Estado debe estar  mucho más controlado, los delitos de cuello blanco deberían ser los mayormente discutidos y regulados, de lo contrario se corre el riesgo de que se siga queriendo mantener la seguridad, mediante la exigencia de orden y control social para las clases desposeídas, pero sin hacer lo mismo para la clase que tiene el poder. Eso vuelve totalmente ineficaz la lucha por la seguridad.

Hacia un cambio de políticas

Para comprenderlo mejor es necesario considerar que el Estado con su aparato penal controla, castiga, canaliza la venganza, según la criminología clásica y, en ese orden de ideas, es necesario considerar propuestas como la siguiente:

1.- La sociedad hondureña debe reevaluar sus políticas estatales en relación con la delincuencia económica.

2.- El Estado debiera reconsiderar  si sus políticas están orientadas a castigar intereses particulares que primen sobre los intereses generales.

3. El control de la anomia de cuello blanco debe tener una redefinición estructural para lograr verdaderos controles.

4.- El estudio de los grupos criminales de cuello blanco, su estructura, comportamiento, características, quizás aprovechando el caso del IHSS puede generar un impulso en la investigación científica desde la criminología.

5.- Las políticas de comunicación pueden ser útiles para enfrentar este tipo de actividad delictiva.

Para adoptar estas decisiones es necesario tomar en cuenta la propuesta de Focault: Una «anatomía política», que es igualmente una «mecánica del poder», está naciendo; define cómo se puede hacer presa en el cuerpo de los demás, no simplemente para que ellos hagan lo que se desea, sino para que operen como se quiere, con las técnicas, según la rapidez y la eficacia que se determina (Foucault, 2003).

Bibliografía

Bajo, A. F. (1983). Bajo. En C. V. Jene, El Pensamiento Criminológico Vol. II (pág. 236). Bogota: Temis.

Bergalli, R. (1983). Criminología: propuestas críticas concretas. En R. B. Bustos, El Pensamiento Criminológico Vol. II (pág. 211). Bogota: Temis.

Bustos, R. B. (2015). El pensamiento criminológico Vol. I. Tegucigalpa: Temis.

El Heraldo. (21 de 8 de 2015). http://www.elheraldo.hn/inicio/846289-334/mp-present%C3%B3-requerimientos-contra-once-personas-vinculadas-a-saqueo.

Foucault, M. (2003). Vigilar y Castigar. Buenos Aires: Siglo Veintiuno Editores Argentina.

Ian Taylor, P. W. (s.f.). Durkheim y el rechazo del «individualismo analítico». En P. W. Ian Taylor, La nueva criminología (pág. 91). Amorrortu.

Jane, C. V. (1983). La delincuencia económica. En R. B. Bustos, El pensamiento criminológico Vol. II (pág. 234). Bogota: Temis.

Jené, C. V. (1983). La delincuencia económica. En R. B. Ramírez, El pensamiento criminológico Vol. II (pág. 222). Bogota: Temis.

Pasquel, A. Z. (s.f.). El delito de cuello blanco. Obtenido de http://www.egov.ufsc.br/portal/sites/default/files/el_delito_de_cuello_blanco.pdf

Seguridad, P. d. (2014). Fundamentos de Seguridad Ciudadana. Tegucigalpa.

Ultimahora.hn. (6 de marzo de 2015). Última Hora. iscalía presenta acusaciones contra Luis «Chukrie» Kafie por estafa contra el IHSS , págs. http://ultimahora.hn/content/fiscal%C3%AD-presenta-acusaciones-contra-luis-chukrie-kafie-por-estafa-contra-el-ihss#sthash.YVFfMNmQ.dpuf.

Wolf, W. (1989). Estudio hecho en especial al delito de robo. Estados Unidos .

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