fbpx

Código Penal decreta prisión para afianzar Ley de Secretos

Segunda entrega de nuestra serie Cárcel para la Palabra. En nuestra primera entrega vea: Prisión para periodistas con Acceso a Información de la Administración Pública con nuevo Código Penal de Honduras 
LOgotipo serie cárcel

Créditos

Redacción: Dunia Orellana con reportes de Melissa Hernández, José Manuel Serén, Wendy Funes
Infográficos y diseño: Miguel Ordóñez / Sala de Redacción de RI |
Análisis Legal:Eda Meza

Las tres leyes aprobadas para afianzar la impunidad y corrupción

    <strong>Tegucigalpa, Honduras | Reporteros de Investigación.</strong> La historia se repite. Muchos artículos del nuevo Código Penal que entra en vigor en Honduras este próximo 25 de junio son una copia o, como dice la gente, un “remake” de la Ley de Secretos Oficiales que fue parcialmente derogada en 2019 y que limita la libertad de expresión y de prensa en el país.</p>
    <p><b>¿</b><strong>Le</strong><b>y de Clasificación de Documentos Públicos? Mejor conocida como “La Ley de Secretos Oficiales”.</b> Esta cuestionada normativa impide la búsqueda de información para luchar contra la corrupción y la impunidad, limitando el periodismo de investigación e imposibilitando la publicación de información considerada como un secreto. En resumen, la Ley de Secretos “blinda el camino hacia la opacidad y la corrupción, de acuerdo con expertos locales e internacionales”, según el diario Proceso Digital.

La Ley de Secretos Oficiales fue aprobada el 24 de enero de 2014. El presidente Juan Hernández pretendía usarla para aprobar varias leyes que favorecieran su mandato; sin embargo, la disposición fue suspendida porque, según un diputado entrevistado por El Heraldo en 2014, “con la ambigüedad de la redacción de esa ley se quieren esconder otras cosas”. 
La ley entró en vigencia pese a la presión de la sociedad civil y de la cooperación internacional. Con base en esta ley se declaró, mediante  una resolución secreta, reserva en 18 instituciones del Estado. Además el Estado ya tenía reserva de información en 32 instituciones obligadas.  

Le mintieron al pueblo
El 28 de julio de 2015, el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) ordenó reformar esta ley. El 5 de septiembre de 2018, mediante oficio SDP 001 2018, el Congreso Nacional respondió a una solicitud de información con la copia de un anteproyecto de ley enviado por el presidente Juan Orlando Hernández para reformar 19 artículos de esta ley y derogar dos artículos. El Congreso Nacional también tiene en su Secretaría, el anteproyecto de ley presentado por el diputado de Libre, Jorge Cálix, para derogar la Ley de Secretos.  Tiempo después, la Ley de Secretos fue derogada en parte. 
Eso se le hizo creer a la ciudadanía, pero se le ocultó que la derogatoria ocurrió una vez que los artículos habían sido transcritos en el nuevo Código Penal casi de manera íntegra. De ahí que la Ley de Secretos no podía enviar a la cárcel, pero el nuevo Código Penal sí penaliza con prisión, el acceso y difusión información confidencial, secreta o privilegiada.

Artículos del Código Penal que refuerzan la Ley de Secretos.


Artículo de Resolución 169/14 secreta, ahora reforzada con el Código Penal.
Si bien esta normativa, verdadera amenaza para la libertad en Honduras, se convirtió en objeto de encendidos debates y de una derogación parcial, el Poder Legislativo se resiste a aprender la lección y ha decidido lanzar una especie de copia de esa perniciosa ley bajo el disfraz de una serie de nuevas reformas al Código Penal que vulneran libertades esenciales no solo del sector periodístico, sino también de la población en general.
Para algunos historiadores, abogados y analistas, la historia se repite en forma de ciclos y volvemos a hacer lo mismo una y otra vez.  En el caso de la próxima vigencia del Código Penal, este error beneficia a ciertos sectores que buscan acallar las voces que se alzan en contra de sus políticas.
“De lo que menos se puede hablar en Honduras es de transparencia cuando tenemos una Ley de Secretos que abiertamente violenta el derecho al acceso a la información pública”, opina el abogado y especialista en temas de libertad de expresión y libertad de prensa Rodolfo Dumas.
Según Dumas, una vez que empiece la vigencia del Código, de nuevo los legisladores prometerán modificar o eliminar las nuevas normativas, pero Dumas duda que eso ocurra. “En el pasado nos han mentido. Ya nos mintieron con la Ley de Secretos. En aquel momento, el Poder Legislativo dijo ‘no, esa ley la vamos a tener engavetada, eso no va a pasar’, pero en el menor descuido la aprobaron y sigue en vigor. Es una ley absolutamente ilegítima, pero que complica la función de obtener información pública”.
La CIDH ha resaltado que el uso del derecho penal para sancionar discursos especialmente protegidos – como aquellos referidos a los funcionarios públicos – no sólo es una limitación directa de la libertad de expresión, sino también puede considerarse como un método indirecto de restricción de la expresión por su efecto inhibidor del libre flujo de ideas, opiniones e informaciones que puedan resultar críticas u ofensivas. La simple amenaza de ser procesado penalmente por expresiones críticas sobre asuntos de interés público puede generar autocensura dado su efecto amedrentador.
Hermanas en la corrupción e impunidad
Tanto la Ley de Secretos como las nuevas reformas al Código Penal que entrarán en vigor este 25 de junio se parecen en su búsqueda por volver secreta e inaccesible la gestión pública, permitiendo toda clase de desmanes y actos de corrupción en la labor de las instituciones públicas.
Ambas están hermanadas porque aplican castigos desmesurados a quienes se atrevan a irrespetar estas leyes. Las penas de prisión incluyen a periodistas, comunicadores sociales, reporteros ciudadanos o cualquier persona que acceda a información pública en sus investigaciones y que los funcionarios califiquen como «privilegiada» .
No importa que quienes ejercen el periodismo lo hagan con el fin completamente lícito de revelar actos de corrupción cometidos por funcionarios e instituciones públicas. Si en algo se parecen estas iniciativas es en su intento de atemorizar a la prensa nacional y evitar que los hondureños puedan examinar la gestión pública, fomentando con ese secretismo la corrupción.
Artículo 335 B
Estos dos no son los únicos intentos de silenciar las voces contra la corrupción. En 2012 hubo una tercera tentativa de aplicar una “ley mordaza”. Se trataba del artículo 335B del Código Penal, aprobado durante el gobierno de Porfirio Lobo, bajo la presidencia del Poder Legislativo de Juan Orlando Hernández, y derogado en 2018.
“El artículo 335B terminó siendo derogado. Algo similar ocurre ahorita con los delitos contra el honor del nuevo Código Penal. Hace un año y pico, los defensores del Código decían que esa parte de los delitos contra el honor estaba perfecta y no había que cambiar nada”, relata el abogado Rodolfo Dumas.
“Dijeron que esos artículos se iban a modificar, eliminar, porque afectaban a la prensa. Llegaron a ese acuerdo que no se ha cumplido, es una simple oferta. Pero ¿cómo todo estaba perfecto y ahora es que sí los iban a quitar porque afectan a la prensa? Es un error porque no [solo] afecta a la prensa. La libertad de expresión no es monopolio de la prensa ni de los periodistas”, añade Dumas.
En cuanto al nuevo Código Penal hondureño, Dumas opina que es insatisfactorio para la sociedad, el pueblo y el Estado “porque contiene una cantidad de normas que, en lugar de impulsar o reforzar la lucha contra la corrupción, la debilitan”.
“Es más preocupante en cuanto a la libertad de expresión”, añade, “porque tiene artículos que, a pesar de lo que nos han querido vender sus impulsores y proyectistas, violentan los principios universalmente aceptados de libertad de expresión, específicamente algunas disposiciones de los tratados firmados por Honduras”.
Para el especialista en libertad de expresión y prensa, el nuevo Código “representa un peligro para el ejercicio de un derecho humano fundamental”.
Las comparaciones abundan cuando se habla de reformas que lesionan la libertad de expresión y prensa. Unos las llaman mordaza, mientras otros, como el abogado y doctor en ciencias penales Ordir Fernández, las comparan con un cerrojo.
“Lesionar la libertad de expresión no solo es decir que usted no puede informar, es que no vamos a poder acceder a la información”, dice Fernández. “El Código Penal actual es el eslabón pendiente para cerrar ese cerrojo de impunidad en el país porque ya existe una ley de desclasificación de documentos públicos que limita el acceso a la información. El Código Penal lo que hará es acallar las bocas de quienes nos manifestamos contra un sistema que no está funcionando”.
El árbol y el bosque de la impunidad y la “justicia selectiva”
Un árbol en medio de un bosque. Esa es la comparación que hace el doctor en derechos humanos Joaquín Mejía. El árbol es el nuevo Código Penal y el bosque es el sistema autoritario bajo el cual vive Honduras desde hace muchos años.
“El problema va más allá del Código Penal. El Código, la ley de secretos son esos árboles, pero el bosque es el contexto de autoritarismo en que vivimos. El bosque es una institucionalidad cooptada, no independiente, debilitada y controlada por el poder económico y político en el país. En un bosque de este tipo, ese árbol que es el Código sirve como instrumento de control punitivo de la sociedad; es decir que, si critico o hago en contra de ese bosque que es todo lo que acabo de describir, el Código Penal sirve como una herramienta de control y de castigo”, explica Mejía.
Para los expertos, el periodismo no debe detenerse y seguir haciendo su labor investigativa, informando y denunciando los actos que van en contra de los intereses del pueblo. Eso sí, tomando medidas para protegerse.
“El periodismo de investigación debe seguir haciendo su labor de manera responsable. Que estas disposiciones se mantengan no debe ser un freno para el periodismo serio y responsable que quiere llegar al fondo de los casos de corrupción y de interés público. Los casos que surjan en aplicación de un Código que irrespete el derecho internacional podrán ser denunciados a esos niveles”, opina el abogado Dumas.
“El periodismo debe tomar precauciones en la forma en que se redacta la noticia. De repente, el primero que salga acusado usando estas herramientas se hará más famoso”.
Honduras enfrenta niveles críticos de impunidad y una atención inadecuada e insuficiente a las víctimas y familiares. La falta de acceso a la justicia ha creado una situación de impunidad de carácter estructural que tiene el efecto de perpetuar y, en ciertos casos, de favorecer la repetición de las graves violaciones a los derechos humanos señala la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe Honduras y DDHH publicado en el 2019.
“Organizaciones de la sociedad civil informaron a la CIDH sobre la existencia de lo que consideran una “justicia selectiva” que, por un lado, actúa de manera tardía sin ofrecer respuesta efectiva en relación con violaciones a derechos humanos, pero que por otra parte, actuaría favoreciendo los intereses de diversos actores vinculados al poder público, político y empresarial. Asimismo, persisten desafíos que debilitan la garantía de independencia e imparcialidad, como la ausencia de suficientes garantías de independencia de los órganos de control de jueces y juezas. Ello, debido a que continúa prevaleciendo un excesivo control por parte de la Corte Suprema tanto en el sistema de nombramiento como de remoción de jueces y juezas” cita el documento.
Finalizamos en ese segundo capítulo con las palabras del analista Federico Álvarez: “El nuevo Código Penal es una aberración jurídica, un retroceso en la lucha contra la corrupción, institucionaliza la impunidad y elimina la libertad de expresión”.

                <a>
                    Penas                   </a>
                <a>
                    Penas                   </a>

Noticias

Noticias

Investigaciones

Internacionales

A %d blogueros les gusta esto: