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Orden de Protección para jurado de supuesto socio de Juan Orlando Hernández en «narcolaboratorio»

Tegucigalpa, Honduras |Reporteros de Investigación. Una resolución de la Corte del Distrito Sur de  Nueva York en poder de RI revela que este órgano judicial ordenó proteger los datos del jurado que enjuicia a Geovanny Fuentes Ramírez el supuesto sobornador y socio del mandatario de Honduras, Juan Orlando Hernández. La acusación en su contra señala que CC-4 mostró interés por acceder a un laboratorio de drogas en una zona portuaria de Cortés y que le ofreció protección con las fuerzas armadas. Incluso Fuentes Ramírez habría asesinado a un policía que investigaba este narcolaboratorio.
El mandato de la corte estadounidense señala que Fuentes Ramírez, el demandado, solicitó registros  del jurado calificado en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York (los «Registros del jurado»), de conformidad con las Enmiendas Quinta y Sexta de los Estados Unidos Constitución y la Ley de Selección y Servicio del Jurado, 28 U.S.C. §§ 1867 (a) y (f);
“CONSIDERANDO que el Administrador del Jurado del Distrito Sur de Nueva York (el «Administrador del jurado») ha indicado que ciertos registros del jurado revelan identificación personal información que resultaría difícil de redactar («Información confidencial»);
«CONSIDERANDO que, en aras de acelerar el proceso mediante el cual el acusado recibe los registros del jurado de conformidad con la orden presentada en Estados Unidos v. Balde, 20 Cr. 281 (KMF), de fecha 16 de julio de 2020 (ver Dkt. No. 30), el acusado, por su abogado, Avraham Moskowitz, Esq. («Abogado Defensor»), consiente la entrada de esta Orden; POR CUANTO, de conformidad con 28 U.S.C. § 1867 (f) y sujeto a la adicional limitaciones establecidas a continuación, los registros del jurado proporcionados a las partes no se divulgarán a terceros partes, excepto «según sea necesario en la preparación o presentación de una moción».
“Se ordena (Citan las leyes que sirven de fundamento)… que las partes podrán inspeccionar, reproducir y copiar los registros del jurado en todo momento razonable durante la preparación y tramitación de una moción…se ordena además que… cualquier persona que divulga los registros del jurado en violación de 28 U.S.C. § 1867 (f) estará sujeto a posibles sanciones como se establece en esa disposición”, dice la decisión judicial.
“Se ordena además que cada una de las personas a quienes se les revele se realizan los registros del jurado (incluida cualquier persona que proporcione servicios legales, de investigación, de secretaría, servicios tecnológicos, administrativos, paralegales u otros servicios de apoyo en relación con este acción y quién está empleado, contratado, asesorando o trabajando de otra manera bajo la dirección de las partes, así como cualquier estudiante o pasante que trabaje para un abogado) se les proporcionará una copia de esta orden de protección por un abogado; será informado por un abogado de los términos y condiciones y ramificaciones legales de esta Orden de Protección, incluyendo que él o ella no difundirá más o discutir los registros del jurado y debe seguir los términos de esta orden de protección, y que el tribunal puede hacer cumplir la orden de protección contra la persona a quien se divulgan los registros del jurado; y confirmará al abogado que cumplirá con los términos de la Orden de protección”.
“Se ordena además que todos los registros del jurado se proporcionen al acusado, y utilizado por el abogado defensor, únicamente con el propósito de permitir que el acusado prepare una moción bajo 28 U.S.C. § 1867, y que ninguno de los registros del jurado se utilizará en manera ni difundido a ningún otro tercero de una manera que sea coherente con los párrafos anteriores”.
“Además, se ordena que, al concluir este caso, el abogado defensor devuelva al administrador del jurado todas las copias del registro del jurado proporcionado en este caso, junto con todas y cada una de las copias del mismo, o tomará todas las medidas razonablemente prácticas para destruir dicha información, dejar constancia, junto con todas y cada una de sus copias, cuya destrucción se deberá verificar por escrito”, indica el documento.
“Además, se ordena que las disposiciones de esta orden de protección no se interpreten en el sentido de que impiden la divulgación de cualquier información en cualquier moción realizada bajo 28 U.S.C. y 1867, siempre que las redacciones se realicen de conformidad con fed, R. Crim P. 49.1 y las Reglas e Instrucciones de la ECF antes de cualquier presentación pública”.
Ver Orden de Protección
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CC-4 y el narcolaboratorio

Un boletín del Departamento de Justicia de Estados Unidos señala que «según los alegatos contenidos en la Demanda [1] de Fuentes Ramírez, “la prueba presentada en el juicio de octubre de 2019 de Juan Antonio Hernández Alvarado en el Distrito Sur de Nueva York, y declaraciones en audiencia pública durante el procesamiento de Hernández Alvarado:
“A partir de 2009 o alrededor de esa fecha, Fuentes Ramírez y otros establecieron y operaron un laboratorio de cocaína en el departamento de Cortés de Honduras, donde producían cientos de kilogramos de cocaína cada mes. Fuentes Ramírez trabajó con otros para recibir cargamentos de cocaína y transportar cocaína que él producía, incluso usando aviones que aterrizaban y salían de una pista de aterrizaje clandestina que operaba cerca del departamento de Cortés. Para proteger estas grandes cantidades de cocaína y su presencia como narcotraficante a gran escala en Honduras, Fuentes Ramírez y sus trabajadores utilizaron armas de fuego, incluidas pistolas de 9 milímetros, rifles de asalto AK-47 y rifles de asalto AR-15, y recurrieron a importantes actos de violencia, incluido el asesinato. En 2012 o alrededor de esa fecha, por ejemplo, después de que las fuerzas del orden allanaron el laboratorio de cocaína de Fuentes Ramírez, Fuentes Ramírez participó en el asesinato a puñaladas de un agente del orden que creía que había estado involucrado en la investigación del laboratorio.
En o alrededor de 2013, Fuentes Ramírez pagó al menos aproximadamente $ 25,000 a un funcionario hondureño de alto rango al que se hace referencia en la demanda como “CC-4”, a cambio de protección contra futuras intervenciones de las fuerzas del orden público dirigidas a Fuentes Ramírez y sus actividades de tráfico de drogas. Hacia la época del soborno, durante una serie de reuniones entre Fuentes Ramírez, CC-4 y otros, CC-4 expresó interés en acceder al laboratorio de cocaína de Fuentes Ramírez por su proximidad a un importante puerto de embarque comercial, acordó facilitar la uso de personal de las fuerzas armadas hondureñas como seguridad para las actividades de narcotráfico de Fuentes Ramírez, e instruyó a Fuentes Ramírez a reportar directamente a Juan Antonio Hernández Alvarado para las actividades posteriores de narcotráfico.
El presunto narcotraficante hondureño fue arrestado en Florida por tráfico de drogas y cargos de armas, informó el Departamento de Justicia en marzo de este año .
“Geovanny Daniel Fuentes Ramírez presuntamente conspiró con políticos hondureños de alto rango y miembros de la Policía Nacional de Honduras para operar un laboratorio de cocaína en Honduras y distribuir cocaína usando rutas aéreas y marítimas Geoffrey S. Berman, Fiscal de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, y Wendy Woolcock, Agente Especial a Cargo de la División de Operaciones Especiales de la Administración de Control de Drogas de los Estados Unidos («DEA»), anunciaron hoy que Geovanny Daniel Fuentes Ramírez fue acusado en la corte federal de Manhattan de conspirar para importar cocaína a los Estados Unidos y delitos relacionados con armas que involucran el uso y posesión de ametralladoras y dispositivos destructivos. Agentes de la DEA arrestaron a Fuentes Ramírez el 1 de marzo de 2020 en el Aeropuerto Internacional de Miami cuando intentaba salir de Estados Unidos, y fue presentado ayer por la tarde en la corte federal de Miami”, informó el boletín.
El fiscal Berman fue removido de su cargo por la administración Trump, el gobierno informó que se trataba de una renuncia.
“Es considerado un actor clave en la impía alianza de funcionarios hondureños y narcotraficantes está ahora detenido y enfrenta una posible vida tras las rejas”, dijo el Departamento de Justicia.
“Este caso está a cargo de la Unidad de Terrorismo y Estupefacientes Internacionales de la Oficina. Los fiscales federales adjuntos Amanda L. Houle, Matthew J. Laroche, Jason A. Richman y Elinor L. Tarlow están a cargo de la acusación”
“Los cargos en la Demanda son meras acusaciones y Fuentes Ramírez se presume inocente hasta que se pruebe su culpabilidad”.
Ver acusación:
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