Los nominadores cambiaron sus votos y de ser los más tachados de los tres partidos políticos que dominará la Corte Suprema, se convirtieron en candidatos idóneos. En las próximas horas serán magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
Así fue como Anny Ochoa, del Partido Nacional, con 12 tachas; Daniel Sibrián, de Partido Liberal, con ocho tachas y Milton Jiménez, de Libre, con cinco tachas, aparecieron en la lista. De estar tachada, Ochoa pasó a ser de las candidatas mejores calificadas.
Tegucigalpa, Honduras | Reporteros de Investigación. El agente de inteligencia bajaba la voz y susurraba para mencionar el nombre y alias de policías de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), ligados a la Mara Salvatrucha.
El policía relataba cómo un parentesco entre un agente de la ATIC con el jefe de la Mara Salvatrucha (MS), Alexander Mendoza, alias El Porky, y la relación con un testigo protegido generó un vínculo directo con la cúpula de esta policía del Ministerio Público (MP). Unos años después, el testigo fue asesinado.
Mientras escuchaba al agente, la entonces directora de Medicina Forense, Julissa Villanueva, no entendía muy bien en qué se estaba metiendo. Esta versión fue verificada entre 2020 y 2022 con distintas fuentes ligadas a Seguridad y corroborada por Villanueva con evidencias documentales en poder de RI.
El comienzo
Todo empezó el 11 de junio de 2018. Ese día fue encontrada muerta en su apartamento ubicado en el Barrio El Calvario de Santa Rosa de Copán, la Jefa del Departamento de Investigación de los Delitos en contra de la Administración Pública de la Regional de Occidente de la ATIC, Sherill Yubissa Hernández Mancía, de 29 años.
Es en ese momento, que la directora de Medicina Forense, Julissa Villanueva, entra en escena. Villanueva empieza a denunciar que el caso no fue un suicidio sino un homicidio.
En esos días, la agente investigaba a la MS y a varios alcaldes, incluido el principal socio de Juan Orlando Hernández, presidente de Honduras, el alcalde de El Paraíso, Alexander Ardón. Entonces, los fiscales de San Pedro Sula se llenan de miedo, seguía susurrando el investigador revelándole detalles a Villanueva.
Las investigaciones policiales determinaron que la detective mantenía una relación amorosa con el agente de la ATIC cuyo nombre es mencionado en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El Ministerio Público dirige la investigación penal en Honduras. Y el MP, decidió que el caso sería investigado por la ATIC, la misma agencia sospechosa de la muerte.
Hasta ese momento –relata Villanueva– ella no entendía nada de lo que sucedía y ni porqué el ambiente se tornaba cada vez más hostil y amenazante en su contra. La marginaron, menospreciaron, la humillaron dentro de la Fiscalía hasta llegar a su despido firmado por el Fiscal General Adjunto, Daniel Sibrián.
Cuatro años después de esta muerte
La mayor desilusión y desvelos de Villanueva, es la persistencia de la falta de investigación en un entorno de impunidad. Impunidad que llega al extremo de que el Fiscal General Adjunto, encargado de Medicina Forense y que estuvo en todo este proceso de negación de justicia para la agente de la ATIC, ahora vaya a ser magistrado a la Corte Suprema de Justicia, sostiene.
En el portal de la Junta Nominadora están todas las resoluciones de exclusión y los alegatos de quienes les tacharon, pero extrañamente la resolución de Sibrián https://portalunico.iaip.gob.hn/#/portal=509 no aparece.
La tacha que la Junta Nominadora desestimó
La tacha que no aparece en el Portal de Transparencia dice lo siguiente: “Hernández Mancía participó en las Operaciones Avalancha I, II y III, todas concernientes al combate frontal contra grupos delincuenciales coludidos con bandas de narcotráfico, especialmente la Mara Salvatrucha (MS-13) a la que se le hicieron efectivos aseguramientos y despojos de cuantiosos bienes muebles e inmuebles. Según los informes de inteligencia, en las 03 operaciones se dio captura a más de 30 personas, en su mayoría mandos inferiores de la estructura criminal, algunos líderes de zonas y servidores públicos en alcaldías, policías activos y depurados, personal de instituciones y oficinas estatales, entre otros que estarían infiltrados aún en los operadores de justicia.
3. Que, a pocos días de su muerte, Hernández Mancía fue ascendida como Jefa Regional en Occidente de la Unidad de Delitos en contra de la Administración Pública y Patrimonio (casos de corrupción) de la ATIC. Cuando se comenzó a ejecutar la Operación Avalancha III en contra de la MS – 13 y en la semana de su muerte, la occisa procesaba y coordinaba información confidencial incluyendo datos contables y financieros de varias alcaldías de occidente como las de Ocotepeque, Gracias, Intibucá y El Paraíso, Copán, cuyo exalcalde Alexander Ardón Soriano, fue acusado en Estados Unidos de delitos relacionados con el tráfico de drogas y estaba directamente vinculado con Antonio “Tony” Hernández, hermano del ex presidente Juan Orlando Hernández, sentenciado como narcotraficante en una Corte de Justicia en Nueva York”.
“Algunas evidencias de casos que llevaba la investigadora habían sido embaladas días antes para ser trasladadas a San Pedro Sula y Tegucigalpa…en el desarrollo de las diligencias preliminares de investigación de este caso que fueron realizadas por la ATIC (levantamiento del cuerpo, obtención de evidencias en la escena del crimen y otros), logré identificar diversas irregularidades, así como importantes indicios que apuntaban a uno de los agentes de dicha institución. Motivo por el cual, siendo Directora de Medicina Forense, ordené el traslado del cadáver de Hernández Mancía a la morgue de la Dirección en la ciudad de San Pedro Sula, con el propósito de indagar con mayor precisión científica las condiciones del cuerpo y determinar la causa de muerte real”.
“2. Que las pericias forenses fueron practicadas superando diferentes dilaciones e impedimentos, hasta emitir el Dictamen Médico Legal No. 999-18 de la Dirección de Medicina Forense, mediante el cual se establece que la víctima fue sometida con signos de asfixia mecánica intencional y posteriormente ejecutada con un disparo de contacto por arma de fuego. El equipo forense concluyó que “desde el punto de vista médico legal, se trata de una manera muerte de homicida”, situaciones que informé al Fiscal General, Abogado Óscar Fernando Chinchilla Banegas a través del Oficio No. 787-2018 del 22 de junio de 2018 del cual nunca se obtuvo respuesta. No obstante, de manera irresponsable y apresurada, sin haberse agotado las diligencias investigativas y pruebas científicas correspondientes, la ATIC anunció públicamente que había sido un suicidio”.
“3. Que, ante la evidente inoperancia, ocultamiento y obstrucción de la verdad y la justicia, denuncié públicamente la verdadera causa de muerte de Hernández Mancía, haciendo de conocimiento que agentes del Estado estaban involucrados en su homicidio y que dentro de las instituciones de seguridad operan escuadrones de la muerte responsables de desapariciones, ejecuciones extrajudiciales, intimidaciones y otros”.
“4. Que, como resultado de las denuncias e investigaciones realizadas, fui víctima de hostigamientos, persecución, vigilancias, intimidaciones y amenazas contra mi vida e integridad física, que fueron extendidas a mi equipo de trabajo forense integrado por las especialistas XXX, quienes estuvieron a cargo de las investigaciones forenses del caso Hernández Mancía”.
“5. Que, en julio de 2018, buscando protección acudimos ante el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, el 12 de agosto del mismo año y mediante Resolución No. 61/18 que versa sobre el otorgamiento de la Medida Cautelar N° 972-18, resolvió otorgarnos medidas cautelares por considerar que las amenazas que sufríamos eran graves y urgentemente debían adoptarse mecanismos suficientes para prevenir daños irreparables en nuestras vidas y la de nuestros familiares”.
“6. Que, pese que las reiteradas violaciones a nuestros derechos fundamentales y garantías fueron reconocidos por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, lejos de ser protegidas por el Estado fuimos víctimas de acoso, discriminación y manifestaciones de violencia psicológica, patrimonial e intimidación por parte de las autoridades del Ministerio Público; en mi caso, también fui víctima de censura y limitada en mi derecho humano a la libre expresión por dar declaraciones a medios de comunicación sobre casos de interés público y de violaciones a derechos humanos, motivo por el cual fui removida de mi cargo como Directora de Medicina Forense de manera injusta e irregular en diciembre de 2018, para ser disminuida en mis funciones a Médico Patólogo, y posteriormente el 20 de noviembre de 2019, despedida sin responsabilidad para la institución sin el pago de mis derechos adquiridos mediante el Acuerdo de Cancelación FGA/DSB/No. 003-2020 suscrito por el Fiscal General Adjunto, ABOGADO DANIEL ARTURO SIBRIÁN BUESO, aunque me encontraba gozando de un periodo de vacaciones debidamente aprobado, siendo un expreso acto exasperado, al margen de las potestades administrativas otorgadas al Fiscal General Adjunto en el ordenamiento jurídico, que soslaya el deber de servir con objetividad y precaviendo actuar de acuerdo con los principios administrativos aplicables, apartándose de la ley, prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido en ésta, con evidente exceso y desviación de poder. Sobre esta causa hay una demanda laboral en curso en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con orden de ingreso xxxx (la cual puede ser comprobada con una inspección in situ). Por su parte, las señoras xxx continúan siendo sujetas a acoso laboral y hostigamiento que les impide desarrollar sus trabajos de manera segura”.
“7. Que el 24 de octubre de 2019, la Mesa de Derechos Humanos expresó su respaldo a mi trabajo, indicándole a la Supervisora Nacional del Ministerio Público su preocupación por la situación y el nivel de riesgo que corríamos junto a mis colaboradoras; asimismo, solicitó que se investigara si las denuncias interpuestas por mi responden a un interés de obstaculizar mi trabajo. Ante las preocupaciones planteadas por la sociedad civil en Honduras, las autoridades nunca se pronunciaron al respecto”.
“8. Que transcurridos 15 meses después de la muerte de Hernández Mancía, el 24 de septiembre de 2019, la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida del Ministerio Público ordenó la conclusión de la investigación y el archivo administrativo del caso, argumentando que no existe delito cometido a perseguir, ignorando las pruebas Página 5 de 12 científicas determinantes que indican la causa y manera de muerte, como la Autopsia Médico Legal y Psicológica, además de otros estudios criminalísticos relacionados que concluyen que desde el punto de vista médico legal se trata de un Homicidio”.
“9. Que en febrero de 2020, el CIPRODEH presentó una reconsideración al Fiscal General de la República, Óscar Fernando Chinchilla Banegas para que resolviera la solicitud de reabrir las investigaciones respecto de la muerte de Hernández Mancía para asegurar la seriedad, profundidad, imparcialidad y eficacia de ésta, con amplia participación de los familiares y sus representantes legales, incluyendo los peritos privados de su confianza, para satisfacer su derecho de conocer la verdad sobre las circunstancias que dieron lugar a la muerte de la Sra. Hernández, pero el Fiscal General no resolvió el recurso”.
“10. Que, a pesar de las denuncias públicas en medios de comunicación nacional e internacional sobre la impunidad y corrupción en este caso, el Ministerio Público y sus titulares continúan sin trabajar con objetividad, encubriendo, obstruyendo la investigación y ocultando la verdad, sin voluntad de resolver el crimen del hecho denunciado. También que aun teniendo conocimiento de evidencias sobre la existencia de las supuestas “bandas de exterminio y los sicarios miembros del crimen organizado” infiltrados en la ATIC, hacen caso omiso y niegan rotundamente esta situación sin demostrar ni aclarar con ningún argumento valedero”.
“11. Que mediante Acuerdo No. FGR-016-2018 del 08 de octubre de 2018 emitido por el Fiscal General de la República, Abogado Óscar Fernando Chinchilla Banegas, el ABOGADO DANIEL ARTURO SIBRIÁN BUESO asumió por delegación, de manera voluntaria, libre y consciente, la titularidad del Departamento de Cooperación Externa, Departamento de Sistemas de Información, Dirección de Medicina Forense, Oficina de Acceso a la Información Pública”…
…“ 15. Que el ABOGADO DANIEL ARTURO SIBRIÁN BUESO – por acción y/u omisión – forma parte del entramado de corrupción que opera en el Ministerio Público, siendo permisivo y tolerante ante las irregularidades que se destaparon a raíz de la investigación de la muerte de SHERILL YUBISSA HERNÁNDEZ MANCÍA”.
“16. Que es autor expreso de un acto administrativo lesivo a los derechos laborales, sociales y económicos de una servidora pública”.
El caso ha colocado en riesgo la vida de Villanueva, ahora vice ministra de Seguridad, por eso tiene medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Villanueva dice que el presunto abuso va más allá de su despido y de la falta de acceso a la justicia, se ha extendido a nombramientos de médicos generales en el área Forense. Son personas sin títulos de médicos especialistas, denunció.
La otra tacha contra Sibrián fue interpuesta por denegatorias de acceso a información.

Vea: Tacha y Denuncia contra postulante Daniel Sibrián interpuesta por directora de RI
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