A Juan lo asesinaron un 14 de septiembre, el 5 de septiembre el tribunal de alzada había ordenado reabrir el caso en su contra y el efecto es librar orden de captura.
Tocoa, Honduras | Reporteros de Investigación. La criminalizadora maquinaria político-empresarial con brazo militar, afincada en el hierro y la droga, se reactivó dos días después de la publicación del video donde aparece el alcalde de Tocoa y el cuñado de la presidenta de Honduras en una reunión con narcotraficantes.
El video trascendió el 3 de septiembre; el 5 de septiembre, la Corte de Apelaciones de La Ceiba revocó la carta de libertad para los defensores ambientalistas de Guapinol.
El caso fue conocido por las Magistradas Propietarias, Vianey Cruz Recarte, quien preside, Dilia Irasema Guillén Sánchez y la Magistrada Integrante Permanente, Roxana Ninoska Cálix Zúniga.
Nueve días después de la criminalización, la maquinaria penetrada por el narcotráfico, asesinó en Tocoa al ambientalista Juan López.
Las magistradas revocaron, también, la libertad para Leonel George, José Adaly Cedillo, Marco Tulio Ramos y Reynaldo Domínguez Ramos. Los dos hermanos de este último también fueron asesinados en 2023.
Oquelí Domínguez, fue asesinado el 15 de junio de 2023, en la comunidad de Guapinol (departamento de Colón, al nororiente de Honduras). En febrero del mismo año, “fueron encontrados muertos los defensores Aly Domínguez y Jairo Bonilla Ayala, integrantes de la resistencia de Guapinol contra una mina de hierro”, dice una Acción Urgente de Amnistía Internacional. Alli Domínguez había estado criminalizado en 2019.
La decisión de la Corte de Apelaciones obedece a una apelación del fiscal Héctor Daniel Velásquez Martínez. El Poder Judicial oyó la voz de apelación del fiscal Héctor Daniel Velásquez Martínez. En cambio, la justicia no ha avanzado para investigar las denuncias contra este fiscal por los delitos de acusación falsa, prevaricato administrativo, omisión de los deberes de los funcionarios porque acusaron a ambientalistas con documentos falsos.
Reabierto el juicio

La resolución de Apelaciones de la Ceiba fue notificada a los primeros abogados que llevaban la causa para que los términos empiecen a correr. La consecuencia procesal es que el juicio penal vuelva a su etapa inicial.
El Juzgado puede citar a los imputados o librar orden de captura y ordenar a la Policía Nacional que aprese a los defensores ambientalistas que están con vida, en el caso del defensor asesinado, le darían sobreseimiento por su muerte.
Luego de la audiencia de declaración de imputados, fijarían la fecha para audiencia inicial (donde se decreta sobreseimiento o auto de formal procesamiento). Otra probabilidad es que los equipos legales de Guapinol promuevan un recurso ante la Corte Suprema de Justicia que frena esta resolución de Apelaciones.
De acuerdo con una explicación del Poder Judicial, en realidad lo que aquí ocurrió fue un error técnico pues el juzgado de Tocoa en vez de dar carta de libertad a los ambientalistas, primero debió citar a audiencia a las partes y luego dar su resolución.
¿Quién debió juzgarlos?

El debate procesal de este recurso radica en que desde el primer momento, el Ministerio Público acusó a los ambientalistas en el Juzgado de Letras con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal de Francisco Morazán. Las defensas apelaron el caso bajo el argumento legal que este es un órgano jurisdiccional para casos de crimen organizado y por ende, todo el juicio es nulo.
Con ese debate, la Sala Constitucional otorgó un amparo a favor de los ambientalistas. Una vez que el amparo bajó al Juzgado, este dictó sobreseimiento o libertad para los defensores.
Fue entonces cuando el fiscal apeló aduciendo que no debían darles sobreseimiento sino empezar de nuevo el proceso penal ya no bajo una jurisdicción judicial contra el crimen organizado sino en el Juzgado de Letras de Tocoa.
Finalmente, ante ese argumento, se está pronunciando la Corte de Apelaciones de La Ceiba a favor del Ministerio Público y en contra de los ambientalistas.
De tal forma que los defensores estuvieron acusados bajo una jurisdicción judicial contra el crimen organizado, mientras las denuncias contra el alcalde Adán Fúnez, sindicado por nexos con la narcoactividad, no prosperan.
Fúnez aparece en el video junto a Carlos Zelaya, cuñado de la presidenta de Honduras, y es señalado por organizaciones de derechos humanos como el responsable del crimen contra Juan López.
La trama del crimen encierra narco militarismo, narcopolítica y empresarios acuerpados por nexos familiares de funcionarios de alto nivel del gobierno actual como el ministro de Gobernación, Tomás Vaquero y la presidenta del Poder Judicial, Raquel Obando.

Mientras esto pasaba en Tocoa, en medio de una tarde gris y lluviosa; en la capital de Honduras se reunía el Consejo Nacional de Protección de Periodistas, Comunicadores Social, Personas defensoras de Derechos Humanos y Operadores de Justicia.
Al salir, la ministra de Derechos Humanos, Angélica Álvarez, anunció que diseñaron una ruta crítica de trabajo donde cada institución ha asumido su rol de acuerdo con sus competencias, plan de acción en el Bajo Aguán así como a favor de los defensores de bienes comunes y públicos.
“Queremos aprovechar este espacio para condenar que el día de hoy la Corte de Apelaciones de La Ceiba ha revocado el sobreseimiento definitivo (Carta de libertad) en el caso Juan López, Leonel George y otros. No es posible que a tres días del asesinato de Juan López una instancia que lo criminalizó, lo judicializó, lo encarceló, hoy después de asesinado lo sigan criminalizando. Este Consejo Nacional de Protección repudia dicha acción”, declaró la ministra.
“Una revocación después de cinco años, porque ese sobreseimiento se da en 2019, que además tres días después del asesinato de Juan López, nos parece desmedido, nos parece una respuesta por parte de los responsables de su asesinato”.
Antecedentes
El 19 de enero de 2019, la Fiscalía acusó a 30 defensores ambientalistas por incendio agravado, privación injusta de libertad, robo contra la minera Pinares de Lenir Pérez y por asociación ilícita (como si fueran una pandilla) contra la seguridad interior del Estado.
Este caso fue presentado ante el Juzgado de Letras con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal, de San Pedro Sula, Cortes. Este tribunal dio sobreseimiento a los defensores.
Sus defensas interpusieron una acción de amparo. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dictó sentencia sobre la garantía constitucional de amparo interpuesta el 12 de octubre del 2020.
Este amparo fue contra la resolución dictada el 03 de marzo del 2020 por la Corte de Apelaciones de Io Penal del Departamento de Francisco Morazán, mediante la cual revocó los sobreseimientos definitivos dictados por el Juzgado de Letras con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal de San Pedro Sula, Cortés, en su resolución de fecha 01 de marzo del 2019.
Luego de bajar de la Sala Constitucional, el caso bajó al juzgado. El 14 de octubre del 2022, el Juzgado de Letras seccional de Tocoa, Departamento de Colón dictó sobreseimiento para los defensores. Y el Abogado Héctor Velásquez, en su condición de Fiscal del Ministerio Público, presentó el Recurso de Apelación que hoy se resuelve.
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