Investigaciones CrimenData.Inv
Han pasado tres meses desde el incendio en una de las zonas boscosas de Tegucigalpa.
Tegucigalpa, Honduras (RI). Este incendio quemó 480 hectáreas de bosque de pino y matorrales. La alcaldía le dijo a la empresa que planifica construir un complejo habitacional en la zona que debía adquirir un permiso para corte de árboles antes de iniciar con la Licencia de Obra, autorizada en 2016.
El siniestro se prolongó desde el 27 de marzo al 31 del mismo mes. Fue de tal magnitud que para controlarlo, se gastaron 62,640 galones de agua y 3,825 galones de combustible, según datos de la Secretaría de Defensa.
Desde el 30 de marzo pasado, el mandatario hondureño, Juan Orlando Hernández, dijo «Hay que encontrar al culpable y llevarlo a la justicia…Nos reuniremos para analizar la situación de los bosques en la zona de El Hatillo para ver si son privados o municipales con la idea de convertirlos en una zona de amortiguamiento y en un pulmón para la ciudad».
A tres meses de su promesa lo único cierto es que el Cuerpo de Bomberos de Honduras dio dos excusas diferentes para negar el informe del incendio forestal ocurrido en la zona de El Hatillo.
Vea mapa satelital del área quemada.
Respuesta del Cuerpo de Bomberos:RESPUESTA SOLCB82017 CUIDADANA0001
El 6 de abril de 2017, el Cuerpo de Bomberos negó el informe sobre las causas y responsabilidad en el incendio porque consideró que «es improcedente enviar dicha información basándonos al artículo no.49 # 8 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto, decreto 17-2010». Este norma establece pagos por certificaciones.
Por segunda vez, el 5 de mayo de 2017, el comandante de Bomberos, Jaime Omar Silva, consideró, por medio de una carta enviada al IAIP, improcedente entregar información pública sobre este incendio, solicitada con base en la LTAIP.
En su misiva alegó que se deben pagar 200 lempiras para obtener una certificación de incendios y acreditar derechos subjetivos para tener acceso a esta información relacionada con la destrucción de bosque.
Para obtener mayor información sobre las circunstancias del incendio se hicieron siete solicitudes de información pública para conocer los avances de la investigación.
La Secretaría de Seguridad Pública informó que no tiene información al respecto.
La Secretaría de Defensa y la Alcaldía Municipal del Distrito Central fueron las únicas entidades que dieron información sobre el incendio, tal como lo sugirió el exministro de Turismo, Thierry de Pierrefeu Midence.
Vea respuesta de Defensa: RESP. SOL-SDD-54-2017 (1)
Hace tres meses, el ex funcionario pidió responsabilidad y sugirió opinar hasta que el Estado revelará la resolución oficial sobre el origen y la causa de este incendio, pero tres meses después no hay acceso a información.
Pierrefeu Midence intervino porque durante la tragedia, una radiodifusora local, mencionó el nombre de su empresa Condado Santa María en vista de que el siniestro ocurrió aparentemente donde ellos construirán el proyecto habitacional con este nombre para clase media y alta.

El Memorándum 17-0421/GCC/OIP/AMDC, de la Alcaldía Municipal del Distrito Central, revela que a la empresa en mención le fue otorgada la licencia de obra No. 2016-1346, el 11 de marzo de 2016.
«Se autorizó al señor Thierri de Pierrefeu Midence, en su condición de representante legal de la inmobiliaria Santa María S.A. de C.V. el movimiento de tierra donde se pretende desarrollar Portal de Los Tarragones y Los Jilgueros del Condado Bosques de Santa María. Previamente a dar inicio a lo autorizado en la licencia de obra No. 2016-1346 deberá obtener el respectivo permiso de corte de árboles emitido por el ente competente».
Respuesta de la AMDC: SOL AMDC 123-2017
La licencia de obra es la autorización municipal para la realización de una obra entendiendo como tal cualquier demolición, derribo, movimiento de tierra (Leer más…)
La normativa municipal establece un pago puntual para cortar cierta cantidad de árboles.
Además, antes de obtener la autorización de un corte de árbol para construcción cercano a las zonas de: El Hatillo, El Picacho, Parque Nacional La Tigra, Parque de las Naciones Unidas o Subcuenca del Distrito Central, las personas interesadas deben presentar:
- Copia de escritura con copia de auténtica si se encuentra tramitando a su vez la solicitud de Constancia Ambiental.
- Constancia de AMITIGRA original.
- Constancia de Parques Naciones Unidas original.
- Licencia de Aprovechamiento No Comercial ICF.
- Plano arquitectónico donde se muestre la ubicación del árbol dentro de la construcción.
- Croquis de ubicación.
- Copia de Tarjeta de Identidad del propietario
- Recibo de pago de Impuesto de Bienes Inmuebles.
- Marcar los árboles a cortar en el terreno.
Pierrefeu Midence declaró el 30 de marzo que este proyecto se construirá por fases en el terreno que fue afectado por el incendio.
«Este proyecto tiene valor únicamente si las condiciones naturales del bosque se protegen», aseguró.
«Cuyo principal atractivo –dijo- es la calidad de vida con entorno natural. Nuestro interés es proteger toda esa zona y los mayores perjudicados con incendio como el que se dio ayer y hoy somos nosotros», afirmó el 30 de marzo.
El exministro de Turismo atribuyó el incendio a una persona que hizo una hoguera en la zona, inclusive hay vídeos y fotografías que amparan esta información de la Fiscalía del Ambiente, indicó entonces.

A través de un comunicado, su empresa informó el 30 de mayo de 2017 que Thierry de Pierrefeu, Representante de Grupo Midence Soto Pierrefeu, mencionó: «Para el grupo Midence Soto Pierrefeu, con su proyecto “Condado Santa María” es muy importante proteger los recursos naturales y conservar la vida natural en las zonas protegidas de Tegucigalpa, por lo tanto en conjunto con la UTH y el ICF, hemos acordado firmar el presente convenio donde realizaremos una reforestación responsable, asegurando el mantenimiento y el cuidado necesario para recuperar la vida forestal que se vio afectada por la falta de consciencia de individuos irresponsables quienes realizan quemas y talas ilegales en nuestros bosques, afectando, no solo la zona, sino a toda la población de Tegucigalpa en general».
«Con este plan, se iniciará la rehabilitación y restauración de la zona de El Hatillo y La Tigra contado inicialmente con 10,000 árboles de distintas especies, logrando así reforestar la zona afecta por el incendio en las faldas de El Hatillo y alrededores. Estas zonas benefician a una población de cerca de 1.5 millones, ya que contribuyen, con el Parque Nacional “La Tigra” a generar el 30% del agua que consume la ciudad de Tegucigalpa. Estas actividades de reforestación y mantenimiento las realizaremos con la colaboración con nuestros aliados estratégicos UTH y ICF y con el apoyo de voluntarios».
Solicitudes de información:
Con base en la convención interamericana contra la Corrupción, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos humanos, declaración de Principios sobre libertad de expresión, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Ley de Emisión del Pensamiento, Ley De Transparencia y Acceso a la Información Publica (LTAIP), y su reglamento, comparezco ante esta instancia para solicitar.
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Con base en la convención interamericana contra la Corrupción, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos humanos, declaración de Principios sobre libertad de expresión, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Ley de Emisión del Pensamiento, Ley De Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y su reglamento, comparezco ante esta instancia para solicitar.
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Secretaría de defensa, respondió: Ubicación: El Hatillo, fecha de 27 de marzo 2017-31 de marzo 2017, área afectada 480 hectáreas de bosque de pino y matorrales, galones de agua gastados 62,640, combustible gastado 3,825, coordenadas N14° 7′ 55” w 87° 8′ 59”. |
Con base en la convención interamericana contra la Corrupción, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos humanos, declaración de Principios sobre libertad de expresión, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Ley de Emisión del Pensamiento, Ley De Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y su reglamento, comparezco ante esta instancia para solicitar
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Cuerpo de bomberos, respondió: le informo que es improcedente enviar dicha información basándonos al artículo no.49 # 8 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto, decreto 17-2010 |
Con base en la convención interamericana contra la Corrupción, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos humanos, declaración de Principios sobre libertad de expresión, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Ley de Emisión del Pensamiento, Ley De Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y su reglamento, comparezco ante esta instancia para solicitar:
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Secretaría de Seguridad respondió: No contamos con la información |
Con base en la convención interamericana contra la Corrupción, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos humanos, declaración de Principios sobre libertad de expresión, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Ley de Emisión del Pensamiento, Ley De Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y su reglamento, comparezco ante esta instancia para solicitar:
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Secretaría de Energia, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MiAmbiente+) no respondió |
Con base en la convención interamericana contra la Corrupción, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos humanos, declaración de Principios sobre libertad de expresión, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Ley de Emisión del Pensamiento, Ley De Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y su reglamento, comparezco ante esta instancia para solicitar:
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Alcaldía Municipal de Valle de Ángeles: no respondió |
Con base en la convención interamericana contra la Corrupción, artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos humanos, declaración de Principios sobre libertad de expresión, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Ley de Emisión del Pensamiento, Ley De Transparencia y Acceso a la información Pública (LTAIP), y su reglamento, comparezco ante esta instancia para solicitar:
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AMDC respondió: el único permiso de construcción otorgado a la empresa en mención es la licencia de obra No. 2016-1346, el 11 de marzo de 2016 se autorizó al señor Thierri de Pierrefeu Midence, en su condición de representante legal de la inmobiliaria Santa Maria S.A. de C.V. el movimiento de tierra donde se pretende desarrollar Portal de Los Tarragones y Los Jilgueros del Condado Bosques de Santa María. Previamente a dar inicio a lo autorizado en la licencia de obra No. 2016-1346 deberá obtener el respectivo permiso de corte de árboles emitido por el ente competente. |