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Periodista César Silva: 17 años en resistencia contra el Golpe de Estado y ocho años criminalizado

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Hoy se cumplen 17 años del Golpe de Estado en Honduras. Desde la madrugada en que ocurrió el derrocamiento del mandatario electo, José Manuel Zelaya, el periodista se unió a la Resistencia. Eso le ha traído dos décadas de agresiones en su contra.

Las imágenes muestran que obtuvo carta de libertad en abril de 2022, semanas después fue condecorado por la Presidencia de la República, pero la criminalización en su contra se mantuvo.

Tegucigalpa, Honduras | Reporteros de Investigación. “Yo estoy consciente que mi actuación no fue correcta”, dice César Silva. No es la primera vez que ofrece una disculpa pública porque lo que hizo no encaja con los estándares del periodismo. Nada puede justificar lo que aconteció.

La justicia, sin embargo, se ha encarnizado con el periodista. Lleva ocho años enjuiciado por el sistema que tiene el monopolio de la venganza a través de la ley penal. La venganza estatal contra Silva se parece a la que sufrió el Juvencio Nava. Ese Juvencio Nava de Juan Rulfo que termina pagando con la pérdida de su vida lo que ya había pagado de diversas formas mientras tuvo vida.

—Ya he pagado, coronel. He pagado muchas veces. Todo me lo quitaron. Me castigaron de muchos modos. Me he pasado cosa de cuarenta años escondido como un apestado, siempre con el pálpito de que en cualquier rato me matarían. No merezco morir así, coronel. Déjame que, al menos, el Señor me perdone. ¡No me mates! ¡Diles que no me maten!
https://www.gavilan.edu/academic/spanish/gaspar/html/29_03.html

Hoy se cumplen 17 años del Golpe de Estado en Honduras. Desde la madrugada en que ocurrió el derrocamiento de un mandatario electo, el periodista se unió a la Resistencia. Eso le ha traído dos décadas de agresiones en su contra.

Lo han intimidado, la policía le ha hecho requisas, lo han llevado a prisión y ahora lleva ocho años criminalizado. Su discurso periodístico, especialmente protegido, es emotivo, vehemente, crítico, mordaz y a veces puede percibirse como ofensivo cuando trata asuntos de interés público.

El origen

Esa mañana del 25 de febrero de 2019, en la salida del Aeropuerto de Toncontín, el periodista sintió indignación cuando un “embajador ficticio del gobierno autoproclamado de Venezuela de Juan Guaidó”, llegó a Honduras.

El supuesto diplomático «dijo a otros medios, no estaría mal que hicieran con ellos los mismo que nuestra gente allá en Venezuela que las guarimbas en Venezuela mataron y quemaron”, contó Silva a Reporteros de Investigación. Luego de eso, el periodista le pidió entrevista y en medio de la agitación, Silva agredió al venezolano golpeando su boca con el micrófono.

No hay justificación para la violencia. Pero la motivación que tuvo el periodista podría explicarse por la impotencia de vivir en un país con impunidad y con una tradicional rutina de golpes de Estado.

Honduras: Un solo hecho dos condenas, un periodista en prisión

Desde esa mañana, inició un juicio contra Silva. Fue condenado en un juzgado de paz en 2019 y de nuevo en un juzgado civil en 2024. Por la causa penal, hay una resolución de la Corte de Apelaciones de lo Penal del Departamento de Francisco Morazán.

Por este mismo caso, el 8 de abril de 2022 fue arrestado y exhibido en los medios de comunicación en cumplimiento de una orden de captura en su contra.

El periodista comentó que su defensa interpuso dos apelaciones y ha obtenido respuestas negativas. Su detención ocurrió mientras transcurría el tiempo en que debía hacer la conmuta de su pena para no ir a prisión.

  • 31 de mayo de 2019

    Condenado por el Juzgado de Paz por faltas contras las personas y maltrato de obra a 37 días y12 horas de prisión. Fue absuelto por amenazas.

  • 4 de marzo de 2024

    Un tribunal civil admite la demanda por la vía de apremio y se ordena una indemnización provisional de L.60,000 lempiras (Unos 2500 dólares al cambio de ese momento)

  • Mayo de 2025

    Se inició la ejecución de la resolución civil. La defensa promovió un incidente de oposición alegando, entre otros aspectos, prescripción, pluspetición y aplicación incorrecta de normas procesales. El Juzgado de Ejecución rechazó la oposición mediante resolución del 6 de enero de 2026.

  • 14 de mayo de 2026

    Mediante un escrito se conoce que la magistrada Lisseth Vallecillo, hermana del juez Marcos Vallecillo (enjuiciado), declara sin lugar la apelación interpuesta por el defensor del periodista porque dice que dejaron prescribir los términos para apelar.

El periodista tiene más recursos judiciales que agotar pero el caso hasta ahora no ha tomado en cuenta la prolongada travesía que mantiene en incertidumbre al comunicador. Los estándares sugieren que las normas penales amedrentan a los periodistas.

«97. La Corte también constató que debería continuar desarrollando estándares que permitiesen combatir el efecto amedrentador que puede ser causado por el inicio de un proceso penal en sí mismo».

Desde la perspectiva de derechos humanos se debe debatir el hecho —que el propio periodista reconoce—desde la ética periodística, pero eso no justifica la violencia estatal contra César Silva. Pero la motivación que tiene el Estado se podría explicar por la justicia selectiva para quienes piensan distinto.

Este caso amerita un análisis de sobre el tipo de litigio, la duración del juicio y también puede ser objeto de estudio para entes de protección internacional cómo todo el juicio ha carecido de la lógica de estándares de libertad de expresión. Sobre todo estándares que hablan de proporcionalidad del castigo y protección del debate de asuntos de interés público.

Estándares no aplicados

Hay dos estándares muy precisos para el caso de Silva.

La  Declaración conjunta sobre libertad de expresión y justicia de género, del 3 de mayo de 2022, “el principio de necesidad y proporcionalidad exige que cualquier limitación por motivos de protección de la moral pública tenga en cuenta la universalidad de los derechos humanos, el principio de no discriminación y las normas internacionales de derechos humanos en materia de diversidad sexual, de género y cultural, incluida la protección de las expresiones que puedan resultar ofensivas, chocantes o perturbadoras para los demás”.

“Las medidas que se dispongan deben aplicarse conforme al principio de proporcionalidad, ya que incluso en aquellos casos donde exista un ejercicio abusivo de la libertad de expresión en donde proceda una indemnización gravosa, las sanciones que se impongan deben evaluarse con arreglo al derecho a la libertad de expresión”, Sentencia del Caso Baraona Bray Vs. Chile de 24 de noviembre de 2022. Serie C No. 481, párr. 115. 405, Corte IDH.

De acuerdo con la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, las medidas desproporcionadas contra periodistas pueden generar un efecto inhibidor sobre la libertad de expresión. 

La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión (CIDH) establece que los funcionarios y personas con proyección pública están sujetos a un mayor escrutinio; las restricciones deben ser excepcionales.     

El Caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica       reconoce la protección reforzada del periodismo y el Caso Ricardo Canese vs. Paraguay indica que la libertad de expresión tiene máxima protección durante debates de interés público y político.       

La Observación General No. 34 del Comité de Derechos Humanos (ONU) establece cómo el periodismo y el discurso político reciben protección reforzada; las restricciones deben ser excepcionales. 


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