Nueva York: Primo de JOH pretende botar escuchas telefónicas que incriminan a ex presidente de Honduras

Juan Orlando Hernández le mintió al pueblo al negar que Mauricio es su primo.

Tegucigalpa, Honduras | Reporteros de Investigación. La Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York presentó una solicitud al Tribunal para que emita una Orden de Protección, “determinando que el Gobierno no necesita presentar al demandado (Mauricio Hernández Pineda) una solicitud para interceptar comunicaciones electrónicas de conformidad con el Título III del Código de los Estados Unidos (la «Solicitud de escucha telefónica»)”.

La Fiscalía sostiene que hicieron la interceptación legal de comunicaciones electrónicas en junio de 2016 “en relación con una investigación delicada en curso, con respecto a una fotografía de un kilogramo de cocaína con un sello con las letras «TH», es decir, las iniciales del alias «Tony Hernández» de Juan Antonio Alvarado Hernández («Tony Hernández»), primo del imputado y coacusado en este caso”.

El escrito indica que el Tribunal concedió solicitudes similares relacionadas con las escuchas telefónicas que sirven de evidencia en los juicios de Estados Unidos v. Juan Antonio Alvarado Hernández, S2 15 Cr. 379 (PKC) (ver Dkt. Nos. 35, 38), y la acusación de Juan Orlando Hernández, Estados Unidos v. Juan Orlando Hernández, a/k/a «JOH», S7 15 Cr. 379 (PKC).

El demandado alega que debieron solicitarle la interceptación para escuchar sus comunicaciones, mientras la Fiscalía plantea que “no se debe exigir al Gobierno que presente la Solicitud de escuchas telefónicas al demandado porque: (i) el demandado carece de legitimación para impugnar la Solicitud de escuchas telefónicas porque sus comunicaciones no fueron interceptadas y no fue atacado por la escucha telefónica, (ii) la Solicitud de escucha telefónica no se puede descubrir de otro modo según la Regla 16 porque el demandado no puede establecer que el documento es importante para la preparación de su defensa, y (iii) incluso si el demandado pudiera establecer que la Solicitud de escucha telefónica es detectable, existe una «buena causa» para retener el documento del descubrimiento bajo la Regla 16 (d) (1) porque está protegido por el privilegio de aplicación de la ley”.

En el escrito se plantea que también se adjuntan a esta moción las comunicaciones interceptadas relevantes (las «Intercepciones»), tanto en el formulario de resumen de traducción presentado con las solicitudes anteriores en los juicios de Tony Hernández y Juan Orlando Hernández.

El policía Mauricio Hernández Pineda está encausado porque “facilitó y brindó seguridad para las actividades de narcotráfico de Tony Hernández, incluso durante el período de tiempo en que Tony Hernández fabricaba cocaína, como el kilogramo que se muestra en la fotografía interceptada, en un narco laboratorio. Durante el juicio de octubre de 2019 de Tony Hernández, varios testigos declararon que el acusado brindó seguridad, en su calidad de oficial de alto rango de la Policía Nacional de Honduras, para proteger los cargamentos de cocaína de Tony Hernández”.

Descargar: USA v. Diaz Morales_ MOTION for Protective Order. Document filed by USA as to Mauricio Hernandez Pineda_


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